La Red Solidaria Década contra la Impunidad (RSDCIAC) denunció que “el Estado mexicano ha ido en sentido contrario a lo ordenado por la Corte IDH” en la atención a la sentencia por la detención arbitraria, arraigo y prisión preventiva contra los indígenas Jorge Marcial y Gerardo Tzomplaxtle Tecpile y Gustavo Robles López, el 12 de enero de 2006
En vísperas de cumplirse cuatro años de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que ordena la eliminación del arraigo y armonizar la prisión preventiva oficiosa a los estándares internacionales, México no sólo no ha dado cumplimiento a la resolución si no que va en retroceso.
La Red Solidaria Década contra la Impunidad (RSDCIAC) denunció que “el Estado mexicano ha ido en sentido contrario a lo ordenado por la Corte IDH” en la atención a la sentencia por la detención arbitraria, arraigo y prisión preventiva contra los indígenas Jorge Marcial y Gerardo Tzomplaxtle Tecpile y Gustavo Robles López, el 12 de enero de 2006.
La organización que representa a las víctimas destacó que, en la sentencia del 7 de noviembre, la Corte IDH “declaró responsable al Estado Mexicano por violar sus derechos a la integridad personal, la libertad personal, las garantías judiciales y la presunción de inocencia, y ordenó reformar el arraigo y la prisión preventiva oficiosa”.
Sin embargo, a unos días de cumplirse otro año más de emitida la sentencia, se mantiene vigente el arraigo en el artículo 16 de la Constitución para casos de delincuencia organizada “pese a que la Corte ordenó dejar sin efecto esa figura, con que se privó de la libertada a las víctimas de este caso”.
Peor aún, la prisión preventiva se amplió” dos años después de emitida la sentencia, pues el 31 de diciembre de 2024 se publicó en Diario Oficial de la Federación (DOF) “una reforma al artículo 19 constitucional que agregó nuevos delitos al catálogo de prisión preventiva automática”.
La RSDCIAC alertó que “cada reforma que amplía la prisión preventiva oficiosa no sólo incumple el punto resolutivo octavo (de la sentencia): profundiza la violación que la Corte declaró”.
“Hoy hay más personas expuestas a quedar presas sin que un juez valore su caso, como ocurrió a Jorge Marcial, Gerardo y Gustavo”, apuntó la organización, tras señalar que el pasado 15 de octubre la Corte IDH emitió una nueva resolución de supervisión sobre el cumplimiento del “Caso Tzompaxtle Tecpile y otros vs México”.
De acuerdo con la organización, la resolución confirmó que a casi cuatro años de publicar su sentencia “el Estado mexicano mantiene pendientes cinco de las ocho medidas de reparación ordenadas en la sentencia del 7 de noviembre de 2022”.
La RSDCIAC detalló que, además de la eliminación del arraigo y la adecuación de la prisión preventiva a la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), el Estado mexicano no ha publicado el “resumen oficial de la sentencia en el DOF”, tampoco ha realizado el acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional ni ha garantizado “tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico adecuado, preferencial y gratuito”, medidas que “dependen sólo de la voluntad del gobierno federal”.
La organización apuntó que dichos puntos resolutivos “no requieren reformas constitucionales ni legislativas”, por lo que “su incumplimiento no tiene justificación”.
La RSDCIAC resaltó que, hasta ahora, el Estado mexicano sólo ha cumplido plenamente con el pago de dos becas educativas, avance que “llegó tarde, después de que los beneficiarios ya habían concluido sus estudios”, quedando sin atender las “reparaciones estructurales, las que buscan que ninguna persona vuelva a vivir lo que vivieron Jorge Marcial y Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gerardo Robles López”.
La organización añadió que ese punto corresponde a “un Acta de Entendimiento firmada por las partes en febrero de 2020”, es decir más de dos años previos a la emisión de la sentencia. El Estado se había resistido a dar cumplimiento a esa resolución, alegando la “imposibilidad” de cubrir becas retroactivamente a través del Fideicomiso 10233, creado para solventar reparaciones de la Corte, por lo que el tribunal tuvo que instruir “expresamente a México a realizar ese pago retroactivo por el mismo fideicomiso”, realizándose las transferencias en agosto de 2025 y febrero de 2026.
Ante el incumplimiento de la sentencia, la RSDCIAC exigió al Estado mexicano atender los resolutivos de la sentencia pendientes, tanto los que sólo requieren voluntad gubernamental, como aquellos de requieren reformas legislativas y constitucionales, presentando al Congreso de la Unión “una iniciativa para eliminar el arraigo del artículo 16 constitucional y adecuar el artículo 19 a los estándares interamericanos sobre prisión preventiva”.
Tras informar que el 1 de marzo de 2027 vence el plazo para que el Estado entregue a la Corte IDH “un informe con avances verificables y no sólo declaraciones de voluntad”, la RSDCIAC recordó que “las sentencias de la Corte Interamericana son obligatorias para México”, por lo que “cumplirás a medias, tarde o en sentido contrario también es incumplirlas”.
FUENTE/MEDIO: PROCESO.



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