Nacional

Imágenes del tema: kelvinjay. Con la tecnología de Blogger.

Estados

Política

Violencia

Personas buscadoras exponen ante la ONU la crisis de desapariciones en México

El encuentro ocurre luego de la decisión del Comité contra la Desaparición Forzada de abrir un procedimiento a México bajo el artículo 34 de la convención internacional en torno al tema, y a un día de la presentación de su informe anual

Familias de personas desaparecidas y representantes de colectivos de distintas entidades de México presentaron este lunes ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) la problemática que enfrenta el país en materia de desaparición desde hace décadas.

Representantes de colectivos de Coahuila, Guanajuato, Michoacán y Colima, y de Honduras, expusieron el trabajo en materia de búsqueda e investigación que hacen las familias ante la negligencia del Estado. 

Esto ocurre tras la decisión del Comité contra la Desaparición Forzada de abrir un procedimiento a México bajo el artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, con el fin de pedir la intervención de la Asamblea General de las Naciones Unidas ante la posibilidad de que en el país se registren desapariciones de manera general o sistemática. A la par, sucede un día antes de que el CED presente su informe anual.

Guadalupe Fernández Martínez, de las Fuerzas Unidas por Nuestros Desaparecidos en Coahuila, recordó que en México hay más de 130 mil personas desaparecidas que son parte de una crisis que cuatro gobiernos de todos los partidos no han podido frenar, en medio de un clima de impunidad que muchas veces no permite siquiera clasificar el crimen como desaparición forzada, como ocurrió en el caso de su hijo. 

Exigen peritos internacionales y protección ante ataques

Las personas que buscan coincidieron en pedir a la ONU y a los Estados miembros que ayuden a México con financiamiento y personas expertas para desarrollar medidas preventivas, así como el correcto avance de las investigaciones para poder llegar a sentencias. Acusó que hoy en día no hay rendición de cuentas para las familias.

Del mismo modo, describieron que el proceso, a nivel individual y colectivo, para quienes buscan a un ser querido desaparecido es doloroso, y lleno de incertidumbre y preguntas. Además, deben involucrarse en la búsqueda de diversas maneras: dando seguimiento a las carpetas, en búsquedas de campo y conociendo las diligencias realizadas. 

Bibiana Mendoza Negrete, quien busca a su hermano en Guanajuato, expuso los riesgos que corren las madres y personas buscadoras, dado que la entidad es la que lidera el número de ataques y asesinatos hacia ellas. Señaló que las mujeres buscadoras necesitan protección con enfoque de género, y reiteró que la mayor seguridad para ellas sería que no hubiera más personas desaparecidas en México.

Por separado, las familias agrupadas en torno a la Glorieta de personas desaparecidas dieron a conocer esta mañana una carta pública dirigida a quienes integran el grupo de personas expertas, nacionales e internacionales, convocado por la Secretaría de Gobernación para el análisis del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, en respuesta al anuncio de la dependencia en ese sentido el pasado viernes.

En la carta, colectivos y familiares firmantes solicitan a las personas expertas que informen sobre su mandato, objetivos de su trabajo, la transparencia en torno a este, y si se trabajará en coordinación con las víctimas.

FUENTE/MEDIO: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: MARCELA NOCHEBUENA.
ENLACE: https://grupoanimal.mx/sociedad/personas-buscadoras-onu-crisis-desapariciones-mexico

Caso María Elena Ríos: Corte analizará anulación del juicio que absolvió a Vera Carrizal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo cinco amparos relacionados con el caso de María Elena Ríos para determinar si fue legal anular el juicio oral que absolvió a Juan Antonio Vera Carrizal, señalado como autor intelectual del ataque con ácido contra la saxofonista en 2019

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó este lunes atraer los amparos relacionados con el caso de María Elena Ríos, saxofonista que sobrevivió a un ataque con ácido en 2019, para analizar si fue válido que una jueza sustituta anulara el juicio oral en el que se había absuelto a Juan Antonio Vera Carrizal, expareja de la víctima y señalado como autor intelectual de la agresión, y a otros implicados.

Durante la sesión del Pleno, las ministras y los ministros aprobaron ejercer la facultad de atracción 566/2026, promovida por la ministra Loretta Ortiz Ahlf y el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, respecto de cinco amparos en revisión relacionados con el proceso penal.

Debate sobre la invalidez del fallo absolutorio

El asunto que analizará la Corte consiste en determinar si la jueza que sustituyó al juzgador que llevó la audiencia de juicio oral podía dejar sin efectos el fallo absolutorio y ordenar la anulación de todo el juicio cuando únicamente estaba pendiente la audiencia de lectura y explicación de la sentencia, así como la elaboración por escrito de la resolución.

La discusión se centrará en los alcances del principio de inmediación, que rige el desarrollo del juicio oral, y en las facultades de una persona juzadora sustituta cuando no estuvo presente durante el desahogo de las pruebas ni en la deliberación que llevó a la absolución de los acusados.

Trascendencia en violencia de género y debido proceso

Al presentar el asunto, la ministra Loretta Ortiz sostuvo que existen razones de interés y trascendencia para que el máximo tribunal intervenga, tanto por las implicaciones procesales del caso como por los derechos de la víctima.

“Estimo que la intervención de esta Suprema Corte permitiría precisar los alcances del principio de inmediación y determinar las atribuciones de un juez sustituto para dejar sin efectos un fallo absolutorio y ordenar la reposición de un juicio oral”, señaló durante la sesión.

Ortiz consideró que el caso también tiene relevancia por sus implicaciones para el debido proceso, la seguridad jurídica y el acceso a la justicia de las víctimas de violencia de género.

Revisiones procesales sin tocar el fondo

El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz precisó que el análisis de la Corte no abordará todavía el fondo de las acusaciones por el ataque contra María Elena Ríos, sino las circunstancias procesales que llevaron a anular el juicio.

Explicó que, después de que se celebró la audiencia de juicio oral y se dictó una sentencia absolutoria, el juez que había presenciado las pruebas fue suspendido de sus funciones y sustituido por otra juzadora. Esta última argumentó que, al no haber estado presente en la audiencia, no podía poner por escrito la sentencia y determinó anular el juicio completo.

El presidente de la Corte indicó que el punto por resolver es precisamente la validez de esa actuación, sin dejar de lado la gravedad de los hechos que dieron origen al proceso penal.

Impedimento de ministra por conocimiento previo

Antes de discutir la solicitud de atracción, el Pleno también resolvió por unanimidad que la ministra Sara Irene Herrerías Díaz estaba legalmente impedida para participar en el asunto, debido a que tuvo conocimiento de los hechos cuando se desempeñaba como titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República (FGR).

La ministra explicó que, durante su gestión, colaboró con la titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas para iniciar y dar seguimiento a las carpetas de investigación relacionadas con el caso. Por esa razón, solicitó apartarse de la discusión y resolución de los amparos.

Una vez resuelto el impedimento, el Pleno sometió a votación la solicitud de atracción. El secretario informó que existía mayoría de votos a favor y el ministro presidente declaró ejercida la facultad de atracción.

El ataque con ácido en 2019

El ataque contra María Elena Ríos ocurrió el 9 de septiembre de 2019 en su domicilio, en Huajuapan de León, Oaxaca, donde fue agredida con ácido. Por estos hechos, Juan Antonio Vera Carrizal, su expareja y señalado como autor intelectual de la agresión, permanece en prisión preventiva desde 2020.

El 14 de agosto de 2024, el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió a Vera Carrizal y a otros dos implicados, al considerar que las pruebas presentadas no habían destruido la presunción de inocencia de los acusados. El juzgador ordenó su liberación.

Sin embargo, horas después, la jueza sustituta María Antonia Esteva, del Tribunal de Enjuiciamiento del Circuito Judicial de la Mixteca, dejó sin efectos la liberación y ordenó mantener la medida cautelar impuesta originalmente en la causa penal, por lo que Vera Carrizal debía continuar en prisión preventiva oficiosa.

La decisión de la SCJN de atraer los amparos permitirá revisar la actuación judicial que derivó en la anulación del juicio y establecer los alcances de las atribuciones de la jueza sustituta, así como la aplicación del principio de inmediación en esas circunstancias.

Exigencia de justicia de la víctima

En mayo de 2026, María Elena Ríos había señalado que buscaba que la Suprema Corte revisara los amparos promovidos por Vera Carrizal para obtener su libertad. En ese momento, sostuvo que era necesario que los ministros analizaran esos recursos ante la falta de confianza de las víctimas en las autoridades de Oaxaca.

“Es necesario que estos amparos los vote la Suprema Corte para que los atraiga y se los niegue a Juan Antonio Vera”, declaró durante una manifestación en el Monumento a la Revolución, de acuerdo con la información publicada el 22 de mayo de ese año.

En esa misma ocasión, Ríos manifestó que estaba dispuesta a que el proceso se repusiera desde el principio si ello contribuía a que se resolviera su caso.

“Si la Suprema Corte de Justicia y la Fiscalía General de la República están de acuerdo en atraer el caso, estoy dispuesta a que se reponga desde el principio, como si hoy me hubieran atacado, como si fuera ese 9 de septiembre de 2019”, dijo.

Actualmente, Juan Antonio Vera Hernández, hijo de Vera Carrizal, permanece prófugo, mientras que dos probables autores materiales del ataque se encuentran detenidos.

FUENTE/MEDIO: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ANIMAL POLÍTICO.
ENLACE: https://grupoanimal.mx/politica/caso-maria-elena-rios-corte-anulacion-juicio-vera-carrizal

Familias de desaparecidos denuncian exclusión en revisión del Registro Nacional anunciada por Segob

Colectivos de búsqueda cuestionaron la designación de expertos sin consultar previamente a las familias y exigieron transparentar su metodología e independencia

Colectivos de familiares de personas desaparecidas cuestionaron el nombramiento de expertos nacionales e internacionales para revisar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPD NO), anunciado en días pasados por la Secretaría de Gobernación (Segob), al no haber consultado previamente a las familias. 

El reproche ocurre en víspera del informe del Comité Contra las Desapareció es Forzadas de Naciones Unidas (CED, por sus siglas en inglés), ante el pleno de la Asamblea General de la ONU, en el que se abordará la solicitud de crear un mecanismo de asistencia internacional para apoyar a México para abatir el flagelo que supera las 135 mil víctimas. 

En una carta abierta, decenas de colectivos, de familiares, de expertos y organizaciones que los acompañan, solicitaron una reunión a los expertos nombrados por Segob, en colaboración con la oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), para que expliquen el alcance de ese mandato 

“Nos llama la atención que entre ustedes hay especialistas en inteligencia artificial, estadística y políticas públicas, sin embargo, no sabemos quiénes de ustedes conocen las voces de las familias en la búsqueda o los retos que hemos vivido frente al Registro Nacional. Una vez más se nos está dejando fuera, a pesar de que nadie conoce mejor que nosotras los retos y revisiones que son necesarias hacer”, señalaron en la misiva dirigida a los especialistas Mayan Kejriwal, Zubil Jelveh, Ted Enamorao, Astrid Adriana Pozos, Ernesto Isunza Vera, Esteban Salomón, Guillermo Guevara y Rodrigo Canales.

Tras señalar que no les sorprende que su nombramiento se haya dado días antes de que el CED dé a conocer a la Asamblea General de Naciones Unidas “la magnitud de lo que vive y necesita México”, ni que en ello haya colaborado la ONU-DH “que ha dejado la centralidad de las familias en el ejercicio de su mandato, los firmantes solicitan un encuentro.  
“Les solicitamos, que una vez que estén concluidos los instrumentos de ‘colaboración y confidencialidad’ anunciados por la Segob, puedan convocarnos a las familias a una reunión pública y compartirnos en su totalidad sus términos y cómo esperan operarlos”, requirieron, al tiempo que rogaron no replicar “las malas prácticas que algunas personas expertas tienen al trabajar frente a graves violaciones a derechos humanos”.
Tras señalar que desconocen los criterios de su selección y de cómo “puedan garantizar su independencia real”, las familias recordaron que hasta el momento no se ha “transparentado la metodología que utilizó el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) para la ‘revisión’ que hizo en marzo de este año”.

Ante la reiterada falta de transparencia, y que fueron nombrados por la dependencia a la que habrán que supervisar, las familias confiesan que esas circunstancias son lo que les “hace desconfiar del propósito con el cual han sido designadas como personas expertos”, los firmantes insistieron en “conocer más de su mandato, cuáles serán los objetivos de su trabajo, sus funciones y alcances, qué tareas tendrán que desarrollar y por cuánto tiempo, si será un trabajo que podremos evaluar o revisar de manera periódica, entre muchas otras preguntas”. 

Más aún, la desconfianza se acrecentó porque en la última revisión que hizo el SESNSP se crearon “nuevas categorías (fuera de la ley) que advierten que hay registros con ‘información insuficiente’, los que ‘requieren completar sus datos’ y aquellos donde hubo ‘actividad posterior’ a la desaparición”, sin que conozcan la metodología “y el mismo SESNSP ha reconoció que no contaba con las facultades para ese trabajo”, generando “más dudas que certezas”.  

Convencidos de que es necesario revisar el RNPDNO tomando en cuenta a las familias de víctimas, los firmantes abundaron sobre las razones de su exigencia de conocer la metodología que van a utilizar. 
“Nuestra experiencia previa con la revisión del Registro Nacional, es que se trata a nuestros seres queridos como cifras que van y vienen, lo cual nos desgasta aún más. Concretamente les queremos solicitar que, frente a este anuncio, nos ayuden a que este no sea unes fuerzo más más borrar a nuestros seres queridos”, puntualizaron.  
Firman la carta colectivos y familiares de víctimas de Guanajuato, Ciudad de México, Veracruz, Estado de México, Guerrero, Puebla, Nuevo León, Tamaulipas, Querétaro, Durango, Oaxaca, Michoacán, Baja California, Morelos, Zacatecas; organizaciones como el Centro para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios, el Grupo e Investigaciones en Antropología Social y Forense (GIASF), Consultora Solidaria, Iglesia Anglicana de México,  así como activistas y académicos solidarios con las familias de desaparecidos

FUENTE/MEDIO: PROCESO.
AUTOR: GLORIA LETICIA DÍAZ.

Crímenes de lesa humanidad contra las personas migrantes en México: una aproximación desde el artículo 7 del Estatuto de Roma

La Organización Internacional para las Migraciones registra 6 mil 745 migrantes desaparecidos a lo largo de la frontera México-EU. Sin datos oficiales, informes civiles y de la CNDH sugieren crímenes de lesa humanidad en esa zona por desapariciones, detenciones y deportaciones con participación estatal e impunidad

En el continente americano, la frontera entre México y Estados Unidos ha sido identificada por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) como una de las rutas terrestres más peligrosas del mundo. Desde 2014, la organización ha documentado 11 mil 555 personas migrantes desaparecidas en las Américas, de las cuales 6 mil 745 corresponden a esa frontera.

Estas cifras no reflejan la realidad y es importante tener en cuenta que la OIM incluye hechos que no constituyen delitos. En México, a pesar del incremento sostenido de las desapariciones, homicidios y otros delitos graves contra personas migrantes durante casi dos décadas, no existen estadísticas oficiales precisas que permitan dimensionar la magnitud real del fenómeno.

Sin embargo, existe un amplio conjunto de datos recopilados por la sociedad civil que ha sido retomado, entre otros, por organismos internacionales y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Esa puede ser una base para plantear la hipótesis de que en México se podrían estar cometiendo crímenes de lesa humanidad contra personas migrantes en tránsito. Esta hipótesis descansa en varios elementos: la continuidad de los patrones de violencia durante casi dos décadas; la extensión territorial de las agresiones a lo largo del país; la magnitud de las víctimas; las políticas migratorias y de seguridad implementadas por el Estado, que también han derivado en una grave violencia; y la participación de autoridades y grupos del crimen organizado que actúan con autorización, apoyo o aquiescencia estatal.

El análisis se enmarca en el artículo 7 del Estatuto de Roma, que define los crímenes de lesa humanidad como ciertos actos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque. Entre los actos contemplados se encuentran el asesinato, esclavitud, deportación, privación grave de la libertad, tortura, violencia sexual, persecución por motivos de identidad, desaparición forzada y otros actos inhumanos que causen graves sufrimientos físicos o mentales. El propio artículo establece que un “ataque contra una población civil” implica una línea de conducta que supone la comisión múltiple de esos actos conforme a la política de un Estado o una organización, o para promover dicha política.

En este sentido, la jurisprudencia internacional desarrollada por los tribunales penales internacionales para la ex Yugoslavia (TPIY) y Ruanda (TPIR), en casos como Prosecutor v. Kunarac, Kovač and Vuković y Prosecutor v. Akayesu, ha precisado que la generalización requiere una dimensión cuantitativa significativa de las violaciones, mientras que la sistematicidad exige la existencia de organización, planificación o regularidad en la comisión de los hechos.

Desapariciones, secuestros y tráfico de migrantes

Un elemento central del análisis son los informes públicos emitidos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre el secuestro y el tráfico de personas migrantes. Según dichos documentos, al menos 91 mil personas habrían sido víctimas de estos delitos tomando solamente como base los informes producidos que cubren del 2019 al 2020. No obstante, resulta necesario revisar cuidadosamente la clasificación jurídica de muchos de estos casos para determinar cuántos podrían constituir, en realidad, desapariciones forzadas y no sólo secuestros, ya que los informes contienen información que apunta a una posible participación o colusión de autoridades de distintos niveles de gobierno.

Entre los patrones identificados figuran la entrega de personas migrantes por parte de policías y otras autoridades a grupos criminales, omisiones deliberadas en retenes o puestos de control, en los que las autoridades permitieron el tránsito de vehículos que transportaban a personas privadas ilegalmente de su libertad, así como denuncias de migrantes que señalaron haber sido secuestrados directamente por agentes estatales. Los testimonios describen condiciones extremas de cautiverio, tratos crueles, inhumanos y degradantes y diversos casos de violencia sexual. Estas características muestran que la violencia ejercida contra la población migrante no puede interpretarse únicamente como una suma de delitos aislados, sino como un fenómeno estructural que involucra mecanismos recurrentes que abarcan múltiples delitos.

Detenciones masivas, desapariciones y deportaciones colectivas

Otro fenómeno que, por su magnitud y vinculación con políticas estatales, merece atención desde la óptica del derecho penal internacional son las detenciones migratorias masivas y las deportaciones colectivas. Según datos oficiales citados por la OIM, entre enero y agosto de 2025 se registraron 130 mil 385 “eventos” relacionados con personas en situación migratoria irregular. Las estadísticas reportan “eventos” y no personas, y aunque la cifra representa una disminución respecto de los 925 mil 085 eventos reportados en el mismo periodo de 2024, organizaciones de la sociedad civil han cuestionado enérgicamente el uso de esta categoría estadística. El término “evento” invisibiliza el hecho de que detrás de cada registro existen personas sometidas a un procedimiento administrativo migratorio. Este lenguaje puede contribuir a minimizar las implicaciones humanas y jurídicas de las acciones estatales de detención arbitraria, desaparición forzada y deportación, incluso de personas con necesidad de protección internacional.

Además, diversos informes de organizaciones civiles y recomendaciones emitidas por la CNDH han documentado las condiciones deficientes y en ocasiones inhumanas en los centros de detención migratoria. Entre las problemáticas reportadas se encuentran la incomunicación con familiares, la ausencia de asistencia jurídica adecuada, condiciones sanitarias críticas, insuficiencia de alimentos y agua potable, carencia de medicamentos y limitaciones en el acceso a servicios médicos.

La política de detención migratoria alcanzó niveles especialmente altos cuando México aceptó acuerdos migratorios con Estados Unidos para que los solicitantes de asilo permanecieran en territorio mexicano mientras sus casos se tramitaban en ese país. Asimismo, bajo la amenaza de medidas económicas por parte de Estados Unidos, México desplegó inicialmente 6 mil elementos de la Guardia Nacional, cifra que posteriormente llegó a aproximadamente 28 mil efectivos dedicados al control migratorio y la deportación de personas migrantes. Durante este periodo, diversas organizaciones documentaron casos de personas con necesidades de protección internacional que fueron detenidas y deportadas de forma irregular; denuncias de violaciones sexuales, tratos crueles, inhumanos y degradantes y muertes ocurridas en estaciones migratorias administradas o vigiladas por fuerzas de seguridad.

Estas prácticas que nacen de acuerdos migratorios deberían ser evaluadas a la luz del derecho penal internacional, particularmente cuando los delitos asociados a las políticas migratorias son cometidos directamente por agentes estatales o por grupos criminales que operan con autorización, apoyo o aquiescencia del Estado. Asimismo, sería interesante analizar si estos patrones podrían encuadrarse en la figura de persecución prevista en el artículo 7.1.h del Estatuto de Roma, sumando a lo ya descrito las prácticas de criminalización, perfilamiento racial y detención diferenciada aplicadas a personas migrantes y personas con necesidad de protección internacional.

Homicidios y masacres de personas migrantes

La violencia homicida contra personas migrantes constituye otro componente central del análisis. Aunque no existe un registro integral de estos asesinatos, diversos casos emblemáticos ilustran la magnitud del fenómeno, entre los que destacan:


Estos acontecimientos no sólo evidencian niveles extremos de violencia, sino también la frecuente participación de agentes estatales. En algunos casos dicha participación se da de manera directa; en otros, mediante la colaboración con grupos criminales. La investigación de las fosas clandestinas de San Fernando, por ejemplo, incluye testimonios según los cuales policías interceptaban autobuses, obligaban a las personas migrantes a descender y las entregaban a organizaciones criminales. Este patrón revela la posible existencia de acciones coordinadas en las que agentes estatales actuaban con pleno conocimiento del destino que esperaba a las víctimas, como el secuestro, la violencia sexual, la trata de personas y el homicidio. Además, expedientes judiciales han documentado relaciones de colaboración entre funcionarios públicos y el grupo criminal Los Zetas, que incluyen pagos y tareas realizadas a favor de dicha organización.

Impunidad y ausencia de respuesta estatal efectiva

Un aspecto central del argumento es la persistencia de la impunidad. Durante el primer examen de México por parte del Comité contra las Desapariciones Forzadas (CED) en 2015, dicho órgano recomendó fortalecer la cooperación con países de origen y destino de migrantes, garantizar la participación de víctimas y organizaciones civiles, redoblar esfuerzos para prevenir e investigar desapariciones y establecer un mecanismo transnacional de búsqueda de personas migrantes desaparecidas. Aunque se han producido algunos avances en ciertos ámbitos, la situación general continúa marcada por la impunidad. La mayoría de los casos de desaparición de personas migrantes siguen sin resolverse, y no hay voluntad para investigar adecuadamente la participación de agentes estatales, con excepciones limitadas como la masacre de Camargo.

Posible configuración de desaparición forzada como crimen de lesa humanidad

A partir de los Elementos de los Crímenes adoptados por la Corte Penal Internacional para interpretar el Estatuto de Roma, realizaremos una aproximación preliminar respecto de la posible configuración del crimen de lesa humanidad de desaparición forzada. Desde esta perspectiva, existirían indicios de generalidad por el elevado número de víctimas reflejado, entre otras fuentes, en los informes de la CNDH sobre secuestro y tráfico de migrantes que documentan aproximadamente 91 mil víctimas. También existirían elementos de sistematicidad, dado que las desapariciones no parecen obedecer a conductas aleatorias o esporádicas. Por el contrario, los hechos muestran patrones de organización, coordinación y regularidad, tanto por parte de organizaciones criminales como de agentes estatales involucrados, directa o indirectamente, en los delitos. Existe también una política estatal de detención masiva y persecución de migrantes que ha provocado muertes y desapariciones, aunada a las deportaciones colectivas que podrían incluir personas con necesidad de protección internacional.

Estas conductas incluyen la detención, el secuestro o la privación de la libertad de personas migrantes, seguida de la negativa a reconocer dicha privación o a proporcionar información sobre la suerte o el paradero de las víctimas. Asimismo, existiría conocimiento de las consecuencias derivadas de estas acciones y una intención de mantener a las víctimas fuera de la protección legal durante periodos prolongados. De acuerdo con esta hipótesis, los perpetradores actuarían sabiendo que sus acciones forman parte de un ataque más amplio dirigido contra una población civil específica: las personas migrantes en tránsito por México.

Reflexiones finales

En el contexto descrito, la activación del procedimiento previsto en el artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas representa una oportunidad para que el Comité contra las Desapariciones Forzadas analice específicamente la situación de las personas migrantes desaparecidas y valore si concurren los elementos de generalidad y sistematicidad. Igualmente, se plantea la necesidad de que las organizaciones de la sociedad civil fortalezcan la documentación sistemática de los casos para sustentar futuras acciones ante instancias internacionales.

Los hechos mencionados merecen también una evaluación rigurosa desde el derecho penal internacional. Si bien se requiere investigación adicional y un análisis más profundo de los elementos jurídicos aplicables, varios de los previstos en el artículo 7 del Estatuto de Roma podrían acreditarse. Particularmente relevante sería la posibilidad de aportar información a la Corte Penal Internacional para que, en el marco del principio de complementariedad establecido en el artículo 17 del Estatuto de Roma, evalúe la existencia de investigaciones nacionales efectivas, la voluntad y la capacidad del Estado mexicano para actuar y la persistencia de la impunidad. Hay suficientes elementos para demostrar que la complementariedad es necesaria y que México no quiere ni puede investigar los graves delitos cometidos contra las personas migrantes.

Crímenes de lesa humanidad: desapariciones, ejecuciones y tortura

El CED y el Relator de la ONU ven indicios bien fundados de desapariciones forzadas como crímenes de lesa humanidad en México. No hay política federal, pero organizaciones criminales actúan sistemáticamente con apoyo o aquiescencia estatal. En tanto, gobiernos descalifican denuncias

El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional enumera los delitos que pueden constituir crímenes de lesa humanidad, entre ellos desaparición forzada, tortura y asesinato. Es frecuente escuchar que, por el simple hecho de estar incluidos en ese catálogo, toda desaparición, todo acto de tortura o todo asesinato constituyen automáticamente crímenes de lesa humanidad. Eso es incorrecto.

Para que dichas conductas alcancen esa categoría, deben cumplir los requisitos establecidos en el encabezado del artículo 7 y en el inciso a) de su apartado 2 del Estatuto.

La noción de crimen de lesa humanidad, desarrollada a partir de las ideas del jurista Hersh Lauterpacht (Sands, Philippe; Calle Este Oeste) e incorporada al Estatuto de Roma, exige que los actos se cometan como parte de un ataque contra una población civil, con conocimiento de dicho ataque; que éste sea generalizado o sistemático; que responda a una política de un Estado o de una organización, y que los actos se ejecuten para poner en práctica o promover esa política.

Desde 2015, en virtud de pronunciamientos como los del Comité de la ONU contra las Desapariciones Forzadas (CED) y el Relator de la ONU contra la Tortura, se ha intensificado en México el debate sobre si en México se cometen crímenes de lesa humanidad, a raíz de la multiplicidad de desapariciones forzadas, actos de tortura y ejecuciones ocurridos en gran parte del territorio nacional.

Esta discusión cobró especial relevancia porque tanto el CED como el Relator Especial sobre la Tortura utilizaron el calificativo de “generalizada” para describir la práctica de las desapariciones y de la tortura en México.

En el caso del CED, esa apreciación se ha reiterado en sus observaciones finales de 2015 (CED/C/MEX/CO/1), 2018 (CED/C/MEX/OAI/1), y 2023 (CED/C/MEX/OAI/2), así como en el informe derivado de su misión a México del 2021 publicado en 2022 (CED/C/R.9) y, especialmente, en la decisión de abril de 2026 (CED/C/MEX/A.34/D/1). En ésta, el CED concluyó que existen indicios bien fundados de que las desapariciones en México no sólo son generalizadas, sino también sistemáticas, y que han alcanzado el umbral de crímenes de lesa humanidad (Párr. 70 a 114).

Por razones de espacio resulta imposible analizar aquí cada uno de los elementos de esa definición, pero quien desee profundizar sobre esta cuestión puede revisar el segundo informe del relator especial para la elaboración de una convención sobre crímenes de lesa humanidad; Sr. Sean D. Murphy, a la Comisión de Derecho Internacional de la ONU (A/CN.4/690) y, sobre todo, la decisión del CED de abril de 2026, en la que se examina uno por uno cada elemento. El CED concluye, con base en abundante evidencia y análisis de contexto, que existen suficientes indicios bien fundados para sostener que en México pudieran estarse cometiendo desapariciones forzadas como crímenes contra la humanidad.

La reacción de los gobiernos de México, desde Calderón a la fecha, frente a estos pronunciamientos ha consistido, principalmente, en descalificar e insultar a los expertos y cuestionar su imparcialidad, sin responder seriamente a la argumentación jurídica y fáctica de los informes y, particularmente, de la decisión del CED.

Para el derecho penal internacional, las desapariciones forzadas como crímenes de lesa humanidad pueden ser cometidas tanto por agentes estatales como por organizaciones, incluso cuando exista (o no) autorización, apoyo o aquiescencia de agentes del Estado. El propio Estatuto de Roma establece que la política puede provenir del Estado o de una organización.

En su decisión, el CED aclara expresamente que no encontró indicios de una política del Estado mexicano, a nivel federal, destinada a cometer desapariciones forzadas. Sin embargo, concluye que las desapariciones se cometen de manera sistemática como parte de políticas de organizaciones criminales que, en numerosas ocasiones, actúan con autorización, apoyo o aquiescencia de autoridades estatales.

¿El CED excedió sus facultades al interpretar el Estatuto de Roma? El artículo 5 de la Convención de la ONU en esta materia remite expresamente al “derecho internacional aplicable” en materia de crímenes de lesa humanidad. En consecuencia, el CED está plenamente facultado para interpretar ese precepto, incluyendo el Estatuto de Roma, tal como ya lo había reconocido el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de la ONU desde 2010 en su Observación General No. 8 (A/HRC/16/48 párr. 39).

Asimismo, tanto la Convención como el Estatuto, dentro de la definición de desaparición forzada, incluyen los supuestos de “autorización, apoyo o aquiescencia” de agentes estatales respecto de actos cometidos por particulares u organizaciones criminales. El CED ya había emitido, desde mayo de 2023, una “Declaración sobre los agentes no estatales en el contexto de la Convención”, en la que aclara con precisión y basada en estándares internacionales, los términos de “autorización, apoyo y aquiescencia” (CED/C/10).

Con base en un amplio cúmulo de información proveniente del propio estado mexicano, ONGs mexicanas e internacionales, personas académicas y otras fuentes, el CED concluyó que existen indicios bien fundados de que organizaciones criminales llevan a cabo desapariciones de manera sistemática como parte de sus políticas, frecuentemente con la autorización, apoyo o aquiescencia, de servidores públicos de distintos órdenes y niveles.

Un ejemplo reciente es el caso de Tabasco, donde se ha comprobado la coparticipación de organizaciones criminales y servidores públicos en la comisión de desapariciones forzadas (https://www.proceso.com.mx/nacional/estados/2026/4/4/vinculan-proceso-hernan-bermudez-por-desaparicion-forzada-seguira-preso-en-el-altiplano-369467.html). Este tipo de situaciones ya había sido documentado en el informe del 16 de junio de 2016, titulado Atrocidades innegables, por Open Society-Justice Initiative, en el que se concluye que (en 2016) existen “fundamentos razonables” para considerar que se cometen crímenes de lesa humanidad en México, tanto por agentes estatales, como no estatales (e.g. Los Zetas) (https://idpc.net/es/publications/2016/06/atrocidades-innegables-confrontando-crimenes-de-lesa-humanidad-en-mexico).

Sobre tortura y ejecuciones todavía no existen pronunciamientos internacionales tan contundentes como el del CED. El informe del relator especial sobre la tortura de 2014 calificó la práctica de la tortura como “generalizada”, aunque no utilizó el término “sistemática” (A/HRC/28/68/Add.3). El relator sobre ejecuciones tampoco formuló una conclusión semejante respecto de las ejecuciones tras su visita a México en abril de 2013 (A/HRC/26/36/Add. 1).

Considerando que las desapariciones implican actos de tortura y, con frecuencia, culminan en ejecuciones (Art. 1.2 de la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada), no sería aventurado sostener que esas conductas también podrían estar ocurriendo dentro de un contexto generalizado y sistemático, conjuntamente con desapariciones.

Lo que sí resulta indiscutible es que el CED ha concluido que existen indicios bien fundados de que las desapariciones forzadas en México podrían constituir crímenes de lesa humanidad.

Por ello resulta importantísimo que la decisión del CED haya llegado a la Asamblea General, a fin de que establezca mecanismos extraordinarios de asistencia técnica y financiera para enfrentar la crisis humanitaria que vive México. Tales mecanismos deben abarcar: prevención de nuevas desapariciones, búsqueda, hallazgo e identificación de las personas desaparecidas, apoyo y protección a las familias buscadoras, fortalecimiento de capacidades forenses, esclarecimiento de los hechos y abatir la impunidad, que el propio CED ha calificado como casi absoluta.

Hacemos votos para que la Asamblea General cumpla con el artículo 34 de la Convención y considere esta cuestión con carácter de urgente y adopte una resolución poderosa que abarque eficazmente los aspectos mencionados.

FUENTE/MEDIO: PROCESO.

Corte avala procedimiento de la Ley de Ciencias y presencia de las Fuerzas Armadas

La resolución determinó que la intervención de las Fuerzas Armadas se justifica por su presupuesto para desarrollo tecnológico y aclaró que no tomarán decisiones de orden militar, sino de coordinación académica y civil

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el procedimiento legislativo de reforma a la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, así como la participación de las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y Marina (Semar) en órganos de decisión en materia científica del país.

Con una mayoría de siete votos, el tribunal desestimó los reclamos promovidos por grupos de legisladores de oposición, quienes solicitaban anular la norma por considerar que existieron faltas en el trámite parlamentario en el Senado y que la participación militar en el sector afectaba el marco constitucional.

El proceso legislativo y el cambio de sede

En la demanda, impulsada por las minorías parlamentarias, se argumentó la invalidez total del decreto a causa de las condiciones en las que se desarrolló la sesión del 28 de abril de 2023, cuando la Cámara de Senadores trasladó los trabajos al edificio alterno de la Casona de Xicoténcatl.

Al analizar este procedimiento, la Corte concluyó que el hecho de que la sesión se llevara a cabo en el patio central y no en el salón de sesiones no generó una violación al proceso legislativo.

Del mismo modo, el máximo tribunal concluyó que “no se cuenta con elementos para considerar que, razonablemente, era inviable llegar a tiempo para la discusión y votación, ni que, por tanto, se pudiera tener por materialmente excluidas a las minorías del Senado”.

Presencia de Sedena y Semar en la Junta de Gobierno

Respecto a la objeción sobre incorporar a representantes de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina en la Junta de Gobierno —el órgano colegiado encargado de la planeación general en materia científica—, la resolución del alto tribunal determinó que “ambas secretarías no tienen capacidad de controlar política científica nacional ni de militarización ni de militarizar la investigación”.

“Respecto de la intervención de las secretarías de Marina y Defensa Nacional en la Junta de Gobierno, lo cierto es que su participación se justifica en razón de los proyectos de investigación y desarrollo tecnológicos en los que puedan participar con un presupuesto asignado para tal efecto, por lo que no intervienen para tomar decisiones de orden militar, sino sobre política científica y tecnológica”, dijo la ministra María Estela Ríos González.

Asimismo, el análisis avalado por la Corte señala que la representación de ambas secretarías conforma una minoría dentro del conjunto de integrantes de la Junta de Gobierno, por lo que debe trabajar de forma coordinada con las demás dependencias públicas y las representaciones de la comunidad académica y de los sectores social y privado. 

FUENTE/MEDIO: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ALFREDO MAZA.
ENLACE: https://grupoanimal.mx/politica/scjn-ley-ciencias-militares-junta-gobierno

Detienen en Sinaloa a “Talibán” y otros cuatro sujetos ligados al caso de los mineros de Concordia

Las autoridades relacionan a los detenidos con el secuestro de 10 trabajadores mineros en Concordia, Sinaloa, quienes posteriormente fueron hallados muertos en fosas clandestinas

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) informó sobre la detención de Jesús Abraham “N”, alias “Talibán”, y otras cuatro personas en Sinaloa, presuntamente relacionadas con el secuestro y homicidio de 10 trabajadores de una empresa minera en La Concordia, así como con el secuestro de cuatro turistas del Estado de México en Mazatlán.

Las capturas ocurrieron el 16 y 17 de octubre en dos operativos realizados en los municipios de El Rosario y Mazatlán, con participación de elementos de la Guardia Nacional y el Ejército, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública estatal y con apoyo de tres helicópteros de la Fuerza Aérea Mexicana.

Detienen a presuntos integrantes de Los Chapitos en Sinaloa

De acuerdo con la Sedena, el 16 de octubre fueron detenidas cuatro personas en El Rosario, entre ellas una de nacionalidad colombiana. Las autoridades señalaron que formarían parte del círculo de seguridad de Oscar Luciano “N”, alias “Casco” o “81”, identificado como jefe regional de la facción de Los Chapitos, del Cártel del Pacífico, también conocido como Cártel de Sinaloa.

Al día siguiente, como resultado de los trabajos de inteligencia derivados de esa primera detención, las fuerzas federales capturaron en Mazatlán a Jesús Abraham “N”, alias “Talibán”. Según la dependencia, el detenido es una persona de confianza de Juan Benito “N”, conocido como “Beny 17”, a quien identifican como jefe regional de la misma facción criminal.

Durante las dos acciones, las autoridades aseguraron armamento y equipo táctico, y en el caso de “Talibán”, también reportaron el aseguramiento de un vehículo. Las cinco personas detenidas y los objetos asegurados fueron puestos a disposición de la Fiscalía General de la República (FGR), con sede en Culiacán, para las investigaciones correspondientes y la determinación de su situación jurídica.

Detenidos están relacionado con el caso de los 10 trabajadores mineros

La Sedena y el Gabinete de Seguridad federal señalaron que los detenidos estarían vinculados con el secuestro y homicidio de 10 trabajadores de la empresa minera Canam/Vizsla Silver Corp., ocurrido el 23 de enero de 2026 en La Concordia. También los relacionaron con el secuestro de cuatro turistas originarios del Estado de México, registrado el 3 de febrero en Mazatlán.

El caso de los trabajadores mineros ha sido objeto de señalamientos por parte de sus familiares y representantes legales. En una conferencia de prensa a finales de septiembre, denunciaron presuntas omisiones de Vizsla Silver Corp. en la entrega de información que consideran relevante para esclarecer los hechos.

El abogado de las familias, Odrasir Ricardo Espinoza Valdés, afirmó que la empresa no habría entregado a la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada videos de vigilancia, registros GPS y otros datos que, según la representación legal, podrían contribuir a la investigación. Sostuvo que la compañía únicamente realizó un reporte telefónico al 911 y pidió que la Fiscalía requiera formalmente esos elementos.

Los familiares también señalaron que antes de la desaparición se habían registrado al menos 12 incidentes de seguridad en la zona del proyecto minero Pánuco. Además, solicitaron la intervención de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para conocer los resultados de las inspecciones laborales y verificar las condiciones de seguridad de la mina.

FUENTE/MEDIO: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ANIMAL POLÍTICO.
ENLACE: https://grupoanimal.mx/seguridad/sinaloa-taliban-caso-mineros-concordia

Recuerdan a Digna Ochoa a 25 años de su muerte y denuncian omisión del Estado mexicano

Familiares acusan que no se ha cumplido la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para esclarecer el caso y garantizar protección a activistas

A 25 años de la muerte de la abogada Digna Ochoa y Plácido, el Estado mexicano no ha cumplido con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que ordena el esclarecimiento de los hechos, sanciones a los responsables de obstaculizar las investigaciones y medidas eficientes de protección a defensores de derechos humanos.

Así lo denunciaron familiares de la activista e integrantes del Espacio de Organizaciones de la Sociedad Civil (Espacio OSC), al realizar un acto de memoria fuera de las instalaciones de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), colocando una ofrenda.

“El Estado ha hecho omisión a lo que dio la sentencia que dio la Corte, los avances simplemente no hay, es lo que hemos tenido la familia. La justicia es injusticia prácticamente”, sostuvo Delia Ochoa y Plácido, hermana de la defensora, tras señalar que no hay líneas de investigación firmes y tampoco como familiares han sido recibidos por la titular de la FGJCDMX, Bertha Alcalde Luján.

“Estamos buscando la justicia y le exigimos al gobierno que se apegue a los lineamientos que la Corte Interamericana dio en su momento (…) Lo único que la Fiscalía hasta el día 3 de julio nos dio fue un resumen, una síntesis de todos los expedientes que hay de Digna y nada más”, puntualizó Delia.

Investigación irregular

Digna Ochoa y Plácido apareció sin vida en su despacho de la colonia Roma, luego de múltiples denuncias de recibir amenazas y sufrir atentados por su labor como defensora.

El deceso ocurrió el 19 de octubre de 2001, durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador como jefe de gobierno capitalino, y el de Vicente Fox, a nivel federal. Fue clasificado como suicidio por la entonces Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, encabezada por Bernardo Bátiz, actual integrante del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), para lo cual se instrumentó una campaña que puso en duda la salud mental de la defensora.

Tras dos décadas de su fallecimiento, el 25 de noviembre de 2021 la Corte IDH declaró la responsabilidad internacional del Estado mexicano en su muerte por las graves irregularidades cometidas durante las investigaciones y por violaciones a los derechos de la abogada y sus familiares.

Los hermanos de Digna, Juan Carlos, Guadalupe y Delia, leyeron un pronunciamiento en el que recordaron que su lucha por el esclarecimiento no ha parado, y pese a ello con lo que se han encontrado es con “demora, cansancio, incertidumbre y dolor”, que los ha llevado a perder confianza en las autoridades.

“Hoy denunciamos que seguimos sin avances sustantivos en la investigación de su homicidio, que permitan conocer plenamente los hechos, identificar a las personas responsables y sancionarlas. Después de 25 años, necesitamos respuestas concretas.

“Necesitamos saber qué se ha investigado, qué falta por hacer y qué acciones se llevarán a cabo para superar los obstáculos que han impedido alcanzar justicia. Pedimos a esta Fiscalía que asuma su responsabilidad con diligencia, seriedad y respeto, que investigue de manera exhaustiva, con perspectiva de género y sin estereotipos. Que considere la labor de defensa de derechos humanos de Digna y que garantice la participación de nuestra familia y de quienes nos representan”, puntualizaron.

Asesinatos contra defensores

Tras recordar que la sentencia de la Corte IDH implica dar garantías de seguridad a defensores de derechos humanos, Olimpia Martínez, de Artículo 19, recordó que en 2025 se cometieron 43 asesinatos contra defensores de derechos humanos en el país.

Al señalar que entre 2024 y junio de 2026 el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas recibió 409 solicitudes de incorporación, de las cuales 289 fueron rechazadas, más del 70%, Martínez destacó que esas “barreras de acceso, sumadas a las deficiencias en la atención de las personas beneficiarias, tienen consecuencias muy graves, algunas personas han perdido la vida mientras portaban con medidas de protección o esperaban su incorporación”.

Paulo Loya, abogado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, una de las 15 organizaciones que conforman Espacio OSC, resaltó que recientemente se aprobó un Protocolo Homologado para la Investigación de Delitos cometidos contra Personas Defensoras de Derechos Humanos.

Loya anunció que el próximo 29 de octubre una delegación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) vendrá a México para documentar agresiones contra defensores, lo que refleja que “la preocupación a nivel internacional se mantiene a niveles muy altos y mucho de eso tiene que ver con la impunidad que permanece en el asesinato de Digna Ochoa”.

“México sigue siendo un país sumamente letal para las personas que defienden derechos, el aniversario de Digna no es nada más una fecha histórica en donde nos juntemos a rememorar lo que le hicieron, sino que es una exigencia viva de justicia, porque así como asesinaron a Digna, todos los días, todas las semanas y todos los meses tenemos noticias de más personas defensoras que siguen siendo asesinadas y además que sus casos se mantienen en la impunidad”, sentenció Paulo Loya.

Chofer de Guadalupe Taddei es señalado como apoderado de empresa que recibió contratos públicos millonarios del INE

La consejera presidenta del organismo autónomo enfrenta el señalamiento, en el reportaje publicado por Reforma, sobre empresas que tuvieron como representante legal a Octavio García González, al que Taddei tuvo hasta abril pasado como director de Administración del INE

Tras los cuestionamientos por las pifias de su equipo, como en el caso de los dos cambios en los colores institucionales del Instituto Nacional Electoral (INE), la consejera presidenta del organismo autónomo, Guadalupe Taddei Zavala, enfrenta ahora un señalamiento más grave, con la revelación por el diario Reforma que, desde 2023, su chofer es apoderado de una empresa que recibió contratos públicos millonarios del INE para proveer material electoral.

De acuerdo con el reportaje, firmado por Erika Hernández y Rolando Herrera, el chofer de la camioneta Taddei, Jonathan Navarrete Torres, es apoderado de una compañía llamada Corporativo Zeg, que junto con otra empresa, llamada Cajas Graf, es la principal proveedora de material electoral al INE. La nota también señala que, en 2023, estas empresas tuvieron como representante legal a Octavio García González, al que Taddei tuvo hasta abril pasado como director de Administración del INE.

La nota se suma a una serie de cuestionamientos sobre la gestión del INE bajo el mandato de Taddei, marcada por los nombramientos unilaterales de sus cercanos a los cargos clave del instituto sin consultar al Consejo General –gracias a una reserva que Morena incluyó de manera subrepticia en la reforma judicial--, por la negativa de sus áreas a entregar información a consejerías, y por las más de 830 renuncias “voluntarias” que los jefes de área exigieron a colaboradores para cambiar la plantilla laboral del árbitro electoral.

Entre las decisiones controversiales de Taddei y su grupo, destaca la contratación, en noviembre de 2025, de una empresa señalada en la trama de los desvíos multimillonarios de recursos conocida como Estafa Maestra, a la que el INE encargó la producción de una miniserie sobre la elección judicial, titulada “Elección sin precedente”. Dicho contrato, por un millón 57 mil pesos, fue otorgado de manera directa por la Dirección General de Capacitación Electoral y Educación Cívica (DGCEEC), dirigida por Iliana Aracelí Hernández Gómez, y sin avisar al Consejo General.

En abril pasado, el consejero Martin Faz deploró que Taddei entregó las áreas clave del INE a personajes con un perfil más “político” que “técnico”, mediante “nombramientos unipersonales” que no pasaron por “un proceso colegiado para el logro de consensos”. Entre los ungidos por la presidenta del INE figura Mario Alberto Alejo, quien obtuvo la muy estratégica Unidad Técnica de Fiscalización a pesar de no reunir los requisitos por el cargo, especialmente los 5 años de experiencia previa en materia de fiscalización.

En semanas recientes, el equipo de Taddei volvió a destacar en las noticias por la decisión del área de comunicación social de cambiar los colores del INE a tonos lila, idénticos a los que emplea el gobierno capitalino de la morenista Clara Brugada Molina. Tras la polémica y las burlas por la “ajolotización” del INE, la misma área tuvo que volver a cambiar el color del instituto, ahora por tonos grises, con lo que cerró un caso que dañó un poco más la imagen del árbitro electoral.

La revelación hecha hoy por Reforma pone el dedo en algo más grave que las pifias, pues apunta a un caso de posible conflicto de interés y de corrupción por la propia Taddei: además de señalar que las empresas Cajas Graf y Corporativo Zeg fueron investigadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y señaladas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), la nota plantea que ambas empresas han recibido contratos de los institutos locales de Sonora, Oaxaca y Chihuahua cuando aquellos eran presididos, respectivamente, por Guadalupe Taddei, Iliana Aracelí Hernández Gómez –la directora de la DGEEC, mencionada arriba-- y Claudia Arlett Espino, quien hasta el mes pasado fungía como secretaria ejecutiva del INE.

Sheinbaum propone recortar recursos para buscar desaparecidos y aumentar 29% el presupuesto de la Guardia Nacional

El proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2027 contempla una reducción de 39 millones de pesos a la Comisión Nacional de Búsqueda, principalmente en los subsidios destinados a las comisiones estatales. En contraste, la Guardia Nacional recibiría siete mil 54 millones adicionales, de acuerdo con un análisis de Fundar, que advierte inconsistencias en la distribución de recursos para atender la crisis de desapariciones y de identificación forense

Pese a que la presidenta Claudia Sheinbaum ha señalado la atención a las desapariciones como una prioridad de su gobierno, el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2027 contempla un recorte de 39 millones de pesos a la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB), mientras propone incrementar en siete mil 54 millones los recursos de la Guardia Nacional.

La reducción presupuestal para la búsqueda de personas se plantea en un país que supera las 135 mil víctimas de desaparición, de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), y enfrenta una crisis forense de al menos 79 mil cuerpos sin identificar bajo resguardo de las fiscalías, según estimaciones de organizaciones civiles ante la falta de información oficial consolidada.

De acuerdo con el análisis Crisis de Justicia, Forense y Seguridad: Recortes y Apuestas (demasiado tímidas), elaborado por el Centro de Análisis e Investigación Fundar, la CNB dispondría de mil 223 millones de pesos en 2027, una disminución de 3.2% respecto de 2026, mientras que el presupuesto de la Guardia Nacional aumentaría 28.9%, hasta alcanzar 31 mil 487 millones de pesos.

La mayor parte del recorte a la CNB, aproximadamente 36 millones de pesos, corresponde a los subsidios destinados a las comisiones locales de búsqueda, responsables de realizar acciones de localización de personas e identificación forense en las entidades federativas.

Fundar advierte que la distribución de recursos revela contradicciones entre las prioridades anunciadas por el gobierno federal y las asignaciones presupuestales para enfrentar las crisis de desaparición, justicia y atención a víctimas.
“Por un lado, existe un cambio positivo en las tendencias históricas de la asignación presupuestal para la investigación penal en materia de violaciones graves a derechos humanos, mientras que por otro persisten inercias y se agravan retrocesos presupuestales en materia de búsqueda de personas desaparecidas, crisis forense y atención a las víctimas, al tiempo que se consolida una política centralizada con un enfoque altamente militarizado”, señala el documento.
Menos recursos para las comisiones de búsqueda

La Comisión Nacional de Búsqueda, encargada de coordinar el Sistema Nacional de Búsqueda conforme a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, tendría en 2027 una asignación de mil 223 millones de pesos, 39 millones menos que en el ejercicio anterior.

Según Fundar, la disminución prolonga una tendencia de reducción de recursos que únicamente se interrumpió en dos ocasiones: en 2020, cuando el presupuesto aumentó 71.8% respecto de 2019, después de la creación de la Comisión, y en 2023, cuando creció 40.2% tras una reforma relevante a la Ley General.

Del recorte proyectado para 2027, aproximadamente 36 millones de pesos corresponden a la partida de Subsidios para las Comisiones Locales de Búsqueda, que tendría una disminución de 3.8%, para quedar en 889 millones de pesos.

La reducción afectaría los recursos federales que reciben las comisiones estatales para desarrollar sus tareas de búsqueda de personas con vida, localización de restos humanos, identificación forense y notificación a las familias.

La otra parte del ajuste corresponde a las actividades de búsqueda en casos federales a cargo de la CNB, que perderían alrededor de cuatro millones de pesos. En 2026, esta partida contó con 339 millones.
“Estos descensos presupuestarios son preocupantes por varias razones. Por un lado, porque contrasta con la narrativa de la asociación de las desapariciones a fenómenos criminales locales. Por otro lado, porque las Comisiones Locales de Búsqueda funcionan con base a esos subsidios, con los cuales deben operar la búsqueda en vida y forense, así como estrategias de identificación y notificación digna”, advierte Fundar.
La crisis forense y los recursos para identificar cuerpos

La reducción de los subsidios para las comisiones locales también tendría consecuencias en las actividades de identificación forense, en un contexto en el que organizaciones como Fundar y Documenta han estimado que existen al menos 79 mil cuerpos sin identificar bajo resguardo de fiscalías.

Parte de los recursos destinados a esas tareas proviene de los subsidios para las comisiones locales y del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados (FASP), cuyo presupuesto para 2027 tendría un incremento de apenas 1%, equivalente a poco más de 99 millones de pesos.

Fundar considera que ese aumento resulta insuficiente para sostener una política nacional de identificación, debido a que el fondo financia distintas actividades de seguridad pública y no exclusivamente acciones forenses.

Los recursos programados “son claramente insuficientes para hablar de una apuesta por una política forense sostenida, puesto que dicho fondo no sólo atiende la materia forense y no es posible afirmar que la totalidad de esos recursos redundarán en estrategias de identificación”, sostiene el análisis.

En el ámbito federal, el documento identifica diferencias presupuestales entre las instituciones que participan en las tareas periciales.

El Centro Federal Pericial Forense (CFPF), dependiente de la Fiscalía General de la República (FGR), tendría un incremento de 13.2% en sus recursos para 2027.

En contraste, la Unidad Médico-Forense (UMF), también adscrita a la FGR, enfrentaría una disminución presupuestal y contaría con ocho millones de pesos para operar, de acuerdo con las cifras presentadas por Fundar.

El análisis también señala falta de claridad sobre los recursos que se destinarán a la Plataforma Única de Identidad (PUI), una herramienta contemplada dentro de la política gubernamental para la búsqueda de personas.

La plataforma depende de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), encabezada por José Antonio Peña Merino, cuyo presupuesto aumentaría 322 millones de pesos en 2027, equivalentes a 8% respecto del año anterior.

Sin embargo, Fundar advierte que las asignaciones no permiten identificar cuánto dinero será utilizado específicamente para el funcionamiento de la plataforma.

Los recursos, señala la organización, “carecen de trazabilidad suficiente de los recursos para saber cuánto de este presupuesto será utilizado para el PUI”.

Aumentan fondos para investigar delitos, pero persisten diferencias

El análisis presupuestal también identifica incrementos para las fiscalías especializadas en la investigación de violaciones graves a derechos humanos.

La Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos (FEMDH) de la FGR tendría un aumento de 9%, para alcanzar 546 millones de pesos.

En tanto, la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada (FEIDDF) recibiría un incremento de 64.4%, con una asignación de 45 millones de pesos.

Los recursos para la investigación de delitos de tortura aumentarían 53.6%, hasta alcanzar 34 millones de pesos.

No obstante, Fundar señala que esos incrementos deben analizarse frente a las asignaciones de otras áreas de investigación penal.

La Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO) tendría un presupuesto de 761.9 millones de pesos, tras recibir un aumento de 12.6%, equivalente a 85.3 millones.

De esta manera, los 45 millones de pesos destinados a la fiscalía especializada en desaparición forzada representarían únicamente 5.9% del presupuesto de la FEMDO.

Para Fundar, esta diferencia refleja inconsistencias con el carácter prioritario que debería tener la investigación de las desapariciones, particularmente cuando el propio gobierno federal ha vinculado estos delitos con la actuación de organizaciones criminales.

En esas condiciones, sostiene el organismo, las capacidades y los recursos destinados a investigar desapariciones y delincuencia organizada deberían guardar una mayor correspondencia.

Atención a víctimas, con un incremento limitado

Las diferencias entre las prioridades anunciadas por el gobierno federal y las asignaciones presupuestales también se observan en los recursos previstos para la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).

Para 2027, la institución contaría con mil 230 millones de pesos, apenas 12 millones más que en 2026.

Del presupuesto total, 726 millones de pesos estarían destinados a medidas de ayuda, asistencia y atención a víctimas, un incremento de 8% respecto del ejercicio anterior.

Fundar contrasta este crecimiento con las últimas mediciones disponibles sobre el número de víctimas en México, que en noviembre de 2025 registraban un aumento anual de 22%.

La organización considera que la diferencia entre el crecimiento de la población que requiere atención y los recursos previstos para las instituciones encargadas de asistirla constituye otro de los problemas del proyecto presupuestal.

Guardia Nacional recibirá siete mil millones adicionales

Mientras las instituciones encargadas de la búsqueda de personas y la atención a víctimas enfrentarían reducciones o incrementos limitados, el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2027 contempla aumentos para las dependencias federales de seguridad.

La Guardia Nacional recibiría siete mil 54 millones de pesos adicionales, equivalentes a un incremento de 28.9% respecto de 2026, para alcanzar un presupuesto total de 31 mil 487 millones de pesos.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), encabezada por Omar García Harfuch, también registraría un aumento presupuestal de mil 972 millones de pesos, equivalente a 3.2%.

Según Fundar, este incremento revertiría la tendencia de reducción de recursos que la dependencia había registrado desde 2023.

En contraste, el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados tendría un aumento de apenas 99 millones de pesos, equivalente a 1% respecto de 2026.

Para la organización, esta distribución consolida una política de seguridad centralizada y con un importante componente militar, al mismo tiempo que mantiene limitados los recursos para fortalecer las capacidades estatales de búsqueda e investigación.

El presupuesto, ante el escrutinio internacional

La revisión de los recursos destinados a enfrentar la crisis de desapariciones ocurre en vísperas del informe anual que el Comité contra las Desapariciones Forzadas (CED) de Naciones Unidas presentará el martes 20 de octubre en Nueva York.

En ese contexto se encuentra la solicitud del Comité al secretario general de la ONU, António Guterres, para que se examine la posibilidad de establecer mecanismos internacionales de asistencia frente a la situación de desapariciones en México.

El gobierno de Claudia Sheinbaum ha rechazado que en el país exista una política estatal de desapariciones forzadas y ha manifestado su oposición a una intervención internacional en los términos planteados por el Comité.

La posición del gobierno mexicano se desarrolla mientras el organismo internacional mantiene bajo examen la magnitud de la crisis y las medidas adoptadas por las autoridades para enfrentarla.

En su análisis del proyecto presupuestal, Fundar sostiene que las asignaciones previstas para 2027 deben evaluarse a partir de las necesidades de las instituciones responsables de investigar desapariciones, localizar personas, identificar cuerpos y atender a sus familiares.
“Una apuesta decidida por la verdad, la justicia y reparación sólo puede existir si la política pública en materia de seguridad, acceso a la justicia, búsqueda y crisis forense, así como la atención victimal son coherentes política y presupuestariamente”, señala la organización.
“El Paquete Económico 2027 muestra un divorcio entre la investigación en materia de derechos humanos, búsqueda de personas, crisis forense y políticas de seguridad local”, concluye Fundar.

DEA atribuye a la corrupción en México el asesinato de “Kiki” Camarena

El 19 de octubre de 2026, Terry Cole, titular de la Administración para el Control de Drogas (DEA), afirmó que la corrupción de autoridades mexicanas intervino en el secuestro, la tortura y el asesinato del agente Enrique “Kiki” Camarena, ocurrido en México en 1985. Lo dijo durante un evento en Wilkes-Barre, Pensilvania, Estados Unidos.

“Les pido que apoyen la ‘Semana del Listón Rojo’ que rinde homenaje a ‘Kiki’ Camarena, un agente de la DEA que fue capturado, torturado y asesinado en México bajo la corrupción por de las autoridades mexicanas a principios de la década de 1980”, declaró Cole.

El titular de la DEA acompañó su señalamiento al promover la Semana Anual del Listón Rojo, campaña de prevención del consumo de drogas ilegales en Estados Unidos creada en 1988, después del asesinato de Camarena. La edición de 2026 iniciará en los días posteriores al evento.

Cole estuvo acompañado por Todd Blanche, fiscal general adjunto de Estados Unidos, y por Sara Carter, titular de la Oficina de Política Nacional para el Control de Drogas (ONDCP). El funcionario estadounidense no detalló la acusación presentada en 1990 ante una corte federal, en la que se alega que funcionarios mexicanos protegieron a líderes del Cártel de Guadalajara para secuestrar y asesinar al agente.

Según ese documento de 1990, Manuel Ibarra, entonces exdirector de la Policía Federal Judicial, y Miguel Aldana, entonces exdirector de la oficina de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) en México, entre otros, habrían protegido a la cúpula del Cártel de Guadalajara, incluido Rafael Caro Quintero, en su acción contra Camarena.

Caro Quintero enfrenta actualmente cargos criminales en la Corte federal del Distrito Este de Nueva York, derivados de una acusación federal presentada en 2020. Entre los señalamientos figura la conspiración para asesinar a personas que amenazaban sus actividades de narcotráfico entre 1980 y 2018.

Desde abril de 2026, el titular de la DEA ha sostenido que la corrupción de políticos y funcionarios en México es un componente del funcionamiento de los cárteles que trafican drogas ilegales hacia Estados Unidos, y ha señalado que la Administración encabezada por Donald John Trump buscará procesarlos.

FUENTE/MEDIO: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.
ENLACE: https://zetatijuana.com/2026/10/dea-atribuye-a-la-corrupcion-en-mexico-el-asesinato-de-kiki-camarena/

FBI reconoce que tiene registros del arresto de “El Mayo” en EU, pero los niega

El Buró Federal de Investigaciones (FBI, por sus siglas en inglés) rechazó una solicitud de acceso a documentos relacionados con el arresto de Ismael Zambada García, alias “El Mayo”, y de Joaquín Guzmán López, alias “El Güero Moreno”, hijo de Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, alias “El Chapo”, ocurrido en territorio de Estados Unidos el 25 de julio de 2024. La respuesta oficial fue difundida el 19 de octubre de 2026 por el periodista Ioan Grillo, en su cuenta de la red social X.

La petición fue presentada por el investigador Joseph Hefferon al amparo de la Ley de Libertad de Información (FOIA, por sus siglas en inglés) y quedó registrada con el número 1679203-001, bajo el asunto “Arrest of Ismael Zambada and Joaquin Guzman Lopez (On or After July 25th, 2024)”.

Según la respuesta del FBI, la agencia concluyó la búsqueda de registros correspondientes a la solicitud y negó de manera categórica la entrega de los relativos a terceras personas, con fundamento en las excepciones (b)(6) y (b)(7)(C) de la FOIA, previstas en el título 5 del Código de Estados Unidos, sección 552.

El documento señala que el solicitante no demostró de forma suficiente que el interés público en la divulgación, vinculado con las operaciones y actividades del Gobierno, prevalezca sobre los intereses de privacidad personal de los individuos involucrados.

“Aunque se reconoce la existencia de registros del FBI, los registros están exentos de divulgación”, indica la respuesta, al advertir que el procesamiento de esos expedientes de terceros constituiría una invasión injustificada de la privacidad personal. Con ese argumento, la agencia dio por cerrada la solicitud.

Zambada García y Guzmán López llegaron el 25 de julio de 2024 a un aeropuerto cercano a El Paso, Texas, donde fueron detenidos por autoridades estadounidenses. El Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ, por sus siglas en inglés) los identificó como integrantes del Cártel de Sinaloa (CDS) y ambos enfrentan procesos penales en cortes federales de ese país.

La respuesta del FBI contempla la posibilidad de que el solicitante impugne la determinación ante las instancias administrativas previstas en la propia FOIA.


FUENTE/MEDIO: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.
ENLACE: https://zetatijuana.com/2026/10/fbi-reconoce-que-tiene-registros-del-arresto-de-el-mayo-en-eu-pero-los-niega/

ASF observa 1,106 millones en Leche del Bienestar de Chihuahua: administraba hermano de Andrea Chávez

Una auditoría forense a Liconsa encontró pagos pendientes de aclarar por más de mil millones de pesos en Chihuahua, además de erogaciones para personas muertas y "pequeños productores" que eran socios de grandes acopiadoras. En la página 21 de la auditoría se señala que Gregorio Chávez Treviño “fungió como administrador del contrato LICONSA/CADQ/001376/2023”, el de mayor monto

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) observó pagos por 1,106 millones de pesos que Liconsa, hoy Leche para el Bienestar, realizó en 2023 a productores de Chihuahua y a la empresa ILAS México, por no contar con documentos que acrediten que el producto o el servicio se recibieron. 

La cifra resulta observada en la Cédula de Resultados Finales de la auditoría 235 de la Cuenta Pública 2023: “Erogaciones por Adquisición de Bienes y Prestación de Servicios del Programa de Adquisición de Leche Nacional”. 

La elaboró la Dirección General de Auditoría Forense de Cumplimiento Financiero, un área técnica de la Auditoría Superior de la Federación. Está fechada el 9 de enero de 2025 sobre el contrato LICONSA/CADQ/001376/2023.

El caso más grave es Chihuahua, donde Gregorio Chávez, hermano de la senadora (con licencia) Andrea Chávez, era gerente de la dependencia y, de acuerdo a la página 21 de la auditoría, “fungió como administrador del contrato LICONSA/CADQ/001376/2023”.


La ASF lo señala como el administrador de los contratos.

Ahí, Liconsa pagó 1,106 millones 131 mil 200 pesos a 750 personas registradas como pequeños y medianos productores. La ASF no encontró evidencia de la recepción de un solo litro. No hay boletas de comprobación, tickets de báscula ni dictámenes del laboratorio de calidad. El Reporte establece textualmente en su página 11: “LICONSA pagó 1,106,131.2 miles de pesos *(1,106 millones) sin contar con evidencia documental de la recepción de la leche…”.

El programa estaba diseñado para comprar leche al pequeño ganadero. En los hechos, según la Auditoría Superior de la Federación (ASF), sirvió para que las mismas empresas que durante años vendieron a Liconsa, hoy Leche para el Bienestar, siguieran cobrando a través de sus socios, consejeros y apoderados, registrados como personas físicas.

Así lo documenta la Cédula de Resultados Finales de la auditoría 235 de la Cuenta Pública 2023, a cargo de la Dirección General de Auditoría Forense de Cumplimiento Financiero. La revisión abarcó los contratos de compra de leche fresca en Chihuahua y en San Pedro, Coahuila, y la maquila de la leche a cargo de ILAS México, S.A. de C.V

“LICONSA NO PARTICIPÓ EN LA RECEPCIÓN DE LA LECHE”: GREGORIO CHÁVEZ TREVIÑO

Chávez Treviño, hermano de la senadora con licencia, reconoció ante los auditores que “Liconsa no participó en la recepción de la leche”. Era el gerente estatal de Liconsa en Chihuahua durante 2023 y administrador del contrato con los productores. 

Gregorio Chávez Treviño fue designado en noviembre de 2022 como delegado estatal de Liconsa en Chihuahua (dentro de la Dirección de Operaciones). El programa se ha transformado o renombrado como Leche para el Bienestar.

Una nota oficial del gobierno de México del 25 de septiembre pasado lo pone como “el Gerente Estatal de Chihuahua, Mtro. Gregorio Chávez Treviño”.

Página 11, es donde menciona que Liconsa pagó 1,106 millones SIN CONTAR con evidencia documental.

ADMITE FALLAS

Según su declaración, asentada en el acta AACA 047/CP2023 del 9 de agosto de 2024, la leche se acopió en 11 centros privados, entre ellos Sunilec, Leche Viva, Lactodel, Grupo Lácteos de Meoqui, Gato Negro e Inproladesa. El contrato, sin embargo, obligaba a entregarla en el Centro de Acopio de Liconsa en la ciudad de Chihuahua.

El control de cuánta leche entraba y salía quedó en manos de los intermediarios. Cada semana, ILAS México enviaba a la Gerencia Estatal un reporte en Excel con litros, kilos y calidad. La Gerencia lo reenviaba a los centros de acopio privados para que ellos repartieran los litros entre los productores. Esos centros devolvían otro Excel indicando cuánto debía facturar cada uno.

El gerente admitió que sólo se verificaba que los datos coincidieran con el padrón y que nadie rebasara su límite de litros. También reconoció que ningún documento estableció la densidad de la leche para convertir kilos a litros.

El testimonio de su contraparte en oficinas centrales no aclara quién controlaba el proceso. 

David Cueva Villaseñor, subgerente de Recepción de Maquila y Leche y administrador formal del contrato con ILAS, dijo a la ASF que desconocía la documentación con la que se acreditó el servicio y se pagó. Tampoco sabía cuántos kilos de crema se generaron ni qué controles se aplicaron. Atribuyó todo a la Gerencia de Chihuahua. El mismo documento de la ASF establece que el contrato establecía que toda la leche debía de entregarse en el centro de acopio Liconsa, pero no sucedió de esta manera en los 11 centros privados.

PAGOS A MUERTOS

Entre los beneficiarios del contrato de Chihuahua hubo al menos cinco personas cuya CURP estaba dada de baja por defunción, según el Registro Nacional de Población.

Liconsa pagó 53 mil 100 pesos a Ramón Giner Soto por leche entregada supuestamente entre marzo y agosto de 2023. Giner Soto murió el 4 de marzo de ese año. A Óscar Rosario Rodríguez Fierro le pagó 973 mil 800 pesos por entregas de febrero a noviembre, aunque falleció el 5 de febrero.

El gerente estatal explicó que nadie avisó de las muertes, ni el centro de acopio ni las familias. Agregó que los expedientes se revisaban una vez al año y que los pagos se hacían siempre que hubiera una cuenta bancaria y un RFC activos.

La ASF tampoco pudo notificar, por defunción, a César Justiniano Luján Quezada, Delia María Arzate Escárcega y Eduwiges Ríos Ronquillo.

PEQUEÑOS PRODUCTORES QUE ERAN GRANDES EMPRESAS

El Programa de Adquisición de Leche Nacional está diseñado para comprar a pequeños y medianos ganaderos. La auditoría documenta que, en Chihuahua, ese padrón sirvió para seguir pagando a empresas que antes vendían directamente a Liconsa.

Nueve productores entrevistados por auditores de la ASF reconocieron que no entregaron la leche en instalaciones de la paraestatal, sino en Grupo Lactodel, Grupo Lácteos de Meoqui, Leche Viva o directamente en ILAS. Grupo Lácteos de Meoqui, por ejemplo, les cobraba 45 centavos por litro y les enviaba por correo electrónico cuánto facturar.

Los registros mercantiles consultados por la ASF muestran quiénes eran esos productores. Vicente Armendáriz Martínez, Ricardo Martínez Valles y Héctor Armendáriz Carlos son presidente, secretario y tesorero del consejo de administración de Grupo Lactodel, S.A. de C.V. Esa empresa fue contratada por Liconsa en 2021. En 2023, sus socios cobraron como personas físicas.

Armendáriz Martínez dijo a los auditores que Liconsa pagaba de forma individual, pero que Lactodel “sigue trabajando como grupo”. Según el SAT, Héctor Armendáriz Carlos declaró ingresos menores a los que recibió de la paraestatal.

Elizabeth Sánchez Carnero, también proveedora como persona física, es apoderada legal de Grupo Lácteos de Meoqui, A.C., contratada por Liconsa en 2019. Ella misma declaró que los socios, el administrador y los representantes legales de esa asociación fueron contratados como personas físicas.

EL 98.7%, A UNA SOLA EMPRESA

Los movimientos bancarios obtenidos a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores muestran a dónde fue el dinero.

Cuatro productores registrados en Chihuahua recibieron 75 millones 729 mil 900 pesos de Liconsa. De esa cantidad, transfirieron 74 millones 729 mil 400 pesos, el 98.7 por ciento, a Agrícola Ganadera Los Luján, S.P.R. de R.L. de C.V. Se trata de Silvia Elena Sáenz Martínez, Sylvia Elena Luján Sáenz, Everardo Alfonso Luján Lalieu y María de Lourdes Lalieu Reygadas. Dos de ellas, Sáenz Martínez y Luján Sáenz, son secretaria y tesorera del consejo de administración de esa empresa.

Otros tres proveedores transfirieron entre el 69.8 y el 75 por ciento de lo cobrado a Pasteurizadora de los Productores de Leche, S.A. de C.V.: Fidel Ángel Saracho de la Peña, Margarita de la Peña Saldaña y Elizabeth Rivas Elías. Los dos primeros no pudieron ser localizados por la ASF para una visita domiciliaria.

En otro caso, María Belém Sánchez Carnero recibió 23.6 millones de pesos y transfirió 18.8 millones a Elizabeth Sánchez Carnero, quien también cobraba a Liconsa.

Toda la leche fue enviada a ILAS México, empresa contratada por adjudicación directa para secarla y envasarla como leche en polvo del Programa de Abasto Social. Según la ASF, el contrato se asignó sin cotizaciones, sin investigación de mercado y sin notificación de adjudicación. Uno de sus convenios modificatorios se firmó el 29 de diciembre de 2022, pero la garantía que debía cubrirlo se emitió hasta el 24 de mayo de 2023.

Pagos a personas fallecidas.

La auditoría detectó que Liconsa pagó 104 millones 281 mil 818 litros de leche en Chihuahua. Según las boletas de pesaje, ILAS solo recibió 100 millones 712 mil 723 litros. La paraestatal no pudo acreditar el destino de 3 millones 569 mil 94 litros, con valor de 37 millones 832 mil 400 pesos.

Al mismo tiempo, ILAS recibió en total 115.4 millones de litros de distintos centros de acopio. Eso es 10.6 millones más que el máximo permitido en su contrato. El gerente estatal Gregorio Chávez reconoció además que no existe ningún convenio que regule la recolección de ILAS.

De acuerdo con su declaración patrimonial presentada en mayo de 2025 ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, Gregorio Chávez Treviño reportó ingresos netos anuales de 826,922 pesos, derivados exclusivamente de su cargo público en Liconsa, según publicaron medios como El Financiero.

FUENTE/MEDIO: EMEEQUIS.