Organizaciones indígenas y culturales advierten que la iniciativa presidencial continúa el despojo neoliberal y legaliza la apropiación cultural. Denuncian que los artículos 33, 157, 158 y 159 son los más críticos por dejar fuera del control comunitario recursos estratégicos y el patrimonio cultural
Cuando se realizó la mayoría de las asambleas regionales del llamado proceso de consulta sobre la propuesta de iniciativa de Ley de Derechos de los Pueblos Indígenas, organizaciones y comunidades nahuas, mayas, purépechas, totonacas, popolucas, chontales y afromexicanos, entre otros, reclaman a la presidenta Claudia Sheinbaum que desista de llevar ese documento para su aprobación ante el Congreso de la Unión.
El 29 de junio último, cuando firmó la convocatoria para este supuesto proceso de consulta, la mandataria adelantó que una vez que esa propuesta fuera “mejorada, aprobada o lo que digan los pueblos”, se va a presentar en la Cámara de Diputados el 12 de octubre, en el Día de la Nación Pluricultural.
Pero al faltar ya sólo unas semanas para que ese proceso concluya, comunidades y organizaciones han firmado pronunciamientos en los que demandan que se declare nula o que se extienda esta consulta. Y advierten que, en caso de concretarse la aprobación de esa ley, emprenderán una lucha jurídica y de protesta social.
La organización “Indígenas 3D” habilitó lo que llama el “mapa de la inconformidad” en el cual ha documentado que en 112 comunidades, municipios y regiones se han emitido pronunciamientos, acuerdos de asamblea u otras acciones por parte de pueblos indígenas y afromexicanos.
En principio, en los pronunciamientos denuncian que la supuesta consulta convocada por el Instituto de Pueblos Indígenas (INPI), la Secretaría de Gobernación y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal incumple con los estándares internacionales que marca el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI).
Sin embargo, las principales críticas y protestas se refieren al contenido y fondo de la propuesta presidencial, pues la consideran “regresiva” y hasta “inconstitucional”.
El Congreso Nacional Indígena (CNI) afirma que la iniciativa impulsada por la 4T realmente da continuidad al proyecto neoliberal de despojar y privatizar las tierras y territorios de los pueblos indígenas del país, lo cual inició con la reforma al artículo 27 constitucional en 1992.
“Esta ley fue elaborada por una cúpula allegada a la presidenta de la República, no es hecha para los pueblos indígenas, sino para facilitar el acceso de los grandes capitales a nuestros territorios; saquear, destruir y mercantilizar nuestros bienes comunes, naturales y culturales, atacando y reprimiendo a los pueblos en resistencia frente al embate capitalista, patriarcal, extractivista y colonial”, asegura el CNI.
A la vez que la Coordinación de Comunidades de la Cañada de los Once Pueblos, de Michoacán, sostiene que esta iniciativa de Ley General “es un retroceso a siglos de resistencia y lucha frontal contra el sistema” que quiere desaparecer a los pueblos indígenas de “la historia de la humanidad”.
Aunque la presidenta Sheinbaum calificó a este proceso de consulta como “un ejercicio único en la historia de México”, los pueblos y comunidades le han recordado que entre 2019 y 2021 fueron convocados a una consulta por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, proceso que levantó expectativas de que se avanzaría en el cumplimiento de los acuerdos de San Andrés.
En septiembre de 2021 entregaron a López Obrador una propuesta para reformar 15 artículos constitucionales, pero la iniciativa enviada al Congreso de la Unión sólo contempló modificar al artículo 2. Con la reforma de septiembre de 2024 se reconoció a los pueblos indígenas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
La iniciativa promovida ahora por el ejecutivo federal se conforma de ocho libros, 453 artículos y 11 transitorios. Sería la ley reglamentaria del Artículo 2, que tenía 180 días expedirse, es decir, que debió estar aprobada desde marzo de 2025.
Ley "regresiva e inconstitucional"
Organizaciones como el CNI, el Colectivo Jól Dhut’ – Timél Ja’, Indígenas 3D y el Consejo del Patrimonio Cultural Originario (COPACO), entre otros, han alertado sobre los contenidos regresivos del documento bajo consulta.
Indican que, si bien la iniciativa habla sobre “libre determinación” y “autonomía”, estos derechos se establecen como una concesión o tutela del Estado. Los artículos del 16 al 24 condicionan el reconocimiento de la personalidad jurídica de los pueblos a que cumplan un “ritual burocrático”, de asambleas, actas constitutivas, registro ante el INPI y publicaciones en el Diario Oficial de la Federación.
Uno de los puntos considerados más crítico es que el artículo 33 señala que los pueblos pueden disponer de sus recursos naturales “salvo aquellos que corresponden a las áreas estratégicas”, sin definir qué abarca esa excepción.
Las organizaciones consideran que esto dejaría abierta la puerta para que la minería, el fracking, megaproyectos o el agua, queden fuera del control comunitario.
Más aún, los artículos 330 al 336 establecen que el INPI y la Segob definen la procedencia de una consulta y que ésta puede no proceder si se dictamina que el impacto generado es “no significativo”, con lo que un proyecto podría continuar sin el consentimiento de la comunidad.
De la misma manera, indican que en la propuesta de iniciativa se conceden privilegios para el sector energético, pues se asienta que la Manifestación de Impacto Social de ese tipo de proyectos condicionaría el dictamen de una consulta.
El jurista indígena Francisco López Bárcenas ha expuesto en diferentes foros que la propuesta de iniciativa promovida por el Ejecutivo federal recae en la inconstitucionalidad porque restringe el ejercicio de derechos reconocidos o establece requisitos que no contempla el Artículo 2 Constitucional en cuanto a los derechos de autonomía, propiedad intelectual colectiva y consulta.
“Ley Xcaret”
El Consejo del Patrimonio Cultural Originario (Copaco) alerta que el Capítulo VI, sobre “Patrimonio cultural y propiedad intelectual colectiva” contiene una serie de artículos que ponen en riesgo los derechos sobre patrimonio cultural.
La Copaco considera que la propuesta parecería surgir de la inconformidad que generó en el poder corporativo la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que impide a Grupo Xcaret continuar usando elementos del patrimonio cultural maya y estaría pensada para proteger este tipo de prácticas y no a los pueblos originarios. Por eso la llama “Ley Xcaret”.
En su análisis, menciona que el artículo 158 deja asentado que cuando un tercero quiere usar comercialmente elementos del patrimonio, lo negociaría, al margen de la comunidad, con la Secretaría de Cultura y el INPI, los cuales emiten un dictamen de titularidad en 30 días hábiles. Después, la comunidad tiene 30 días para dar su consentimiento, lo cual califica como una “tutela paternalista” y una trampa para dificultar a las comunidades el derecho de decir no.
El mismo artículo 158 faculta a la autoridad para fijar "tabuladores" que determinan el valor del uso del patrimonio. Mientras que el artículo 157 crea un Fondo para la Protección y Promoción del Patrimonio Cultural, que recibe y administra esas contraprestaciones. A eso se suma que el consentimiento otorgado "tendrá validez y eficacia jurídica sin riesgo de suspensión o anulación”.
El Copaco considera que el artículo 159 sería el más dañino del capítulo, pues legaliza la apropiación cultural, al señalar que no se requiere consentimiento cuando el elemento cultura se retoma para crear una obra “nueva, original y con aportación creativa propia” o cuando se trata de elementos, historias o tradiciones consideradas "comunes o habituales de la cultura nacional".
Igual, ese artículo permite usar el patrimonio” con fines de investigación científica. Es justo la rendija que necesitan las farmacéuticas para acceder a nuestra medicina tradicional y a nuestros conocimientos sobre las plantas”, advierte la Copaco.
Para colmo, el artículo 157 sustituye la defensa del patrimonio por "mecanismos alternativos de solución de controversias" a cargo de la Secretaría de Cultura.
Eso frenaría sanciones a marcas de moda, consorcios turísticos o trasnacionales que plagian diseños textiles, iconografías o técnicas tradicionales, mientras que las otras disposiciones fomentarían la mercantilización y folclorización de la cultura.
El CNI considera que esta propuesta está inspirada en las reservaciones indígenas estadunidenses y que “seguramente” fue revisada por las cúpulas militares y las cámaras empresariales.
Consultas: apresuramiento y acarreos
Las bases de la consulta establecieron que en sólo 37 días –del 1 de julio al 6 de agosto– se realizaría la etapa informativa. Eso implicó que los representantes del gobierno visitaran 16 mil 728 comunidades catalogadas como indígenas por el INPI –lo que equivale a 440 por día– para entregar y explicar los materiales a consultar.
De acuerdo con testimonios de pobladores, esta etapa se hizo de manera apresurada, con la entrega a unas cuantas autoridades de cada comunidad de los documentos, donde lo que importaba era tomar foto y video para cumplir con el protocolo.
Raymundo García López, representante de Serranos Unidos en Resistencia Indígena (SURI) de Puebla, explica que esta organización decidió no participar en este ejercicio al quedar claro que tendría el mismo formato que se usó en el sexenio de López Obrador y que fue cuestionado por la Relatoría Especial de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas.
En este esquema, señala, la participación se restringe a opiniones y sugerencias, pero no a que los pueblos indígenas efectivamente lleguen a acuerdos con el Estado. Así, las aportaciones que se presentan no tienen carácter vinculatorio y el gobierno no está obligado a incorporarlas a la iniciativa que llevarán al legislativo.
En una segunda etapa se contemplaba que las comunidades y pueblos deliberarían de manera comunitaria conforme a sus sistemas normativos. García López asegura que en la Sierra Norte de Puebla esas asambleas comunitarias no se realizaron.
Ángel López Pérez, líder de la Unidad Indígena Totona-Náhuatl (Unitona), expone que los documentos sólo se distribuyeron entre presidentes municipales, comisariados, inspectores y otras autoridades que no son electas en asambleas, que es el máximo órgano de decisión de los pueblos indígenas.
Luego de la etapa deliberativa siguieron las 82 asambleas regionales. La del 30 de agosto, realizada en Cuetzalan, López Pérez se presentó con el bastón de mando como autoridad tradicional de su comunidad, sin embargo, los organizadores sólo le permitieron participar como público general.
El líder indígena de la Sierra Norte considera que el ejercicio fue sólo para validar una reforma que ya está “planchada”, pues incluso los alcaldes y otras autoridades llevaron “acarreados” que sólo levantaron la mano cuando se les requirió.
En un pronunciamiento, la Organización Independiente Totonaca de Huehuetla, resume que “no se puede llamar consulta a la convocatoria improvisada de personas que tienen un cargo y sello como autoridades comunitarias, cuando sólo se les entrega el material en el mismo momento del ejercicio, se lee en español de manera literal sin dar explicaciones ni contextualizar en los idiomas totonaco y náhuatl y se agiliza la votación de los presentes para cumplir con un requisito”.
Las agrupaciones denuncian que hubo cientos de comunidades que ni siquiera se enteraron de la consulta o que no pudieron participar por lo alejado de las sedes.
El Concejo Regional de Autoridades Agrarias en Defensa del Territorio (CRAADET), de los pueblos originarios Mè’phàà y Na Savi, reclama en un escrito:
“Nada se menciona sobre la nueva territorialización encabezada por grupos del crimen organizado que están asumiendo no sólo el control del territorio y los bienes naturales, sino que además se están apropiando de las estructuras de gobernanza que tenemos, de tal manera que, asumir que la Propuesta de Iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicano engrandece nuestra condición de derechos, es un falso supuesto”.
Las comunidades de San Miguel y Santa María Chimalapa, de Oaxaca, rechazaron ser sede de una asamblea. En tanto que en Pátzcuaro y en Cherán, Michoacán, representantes de comunidades indígenas purépechas impidieron que se concretaran asambleas regionales en esas sedes.
Igual, el Frente por la Defensa de los Derechos de los Pueblos y Barrios del Anáhuac abortó la consulta en Milpa Alta. “Un foro no es consulta”, escribieron en el piso.
Esa organización convocó para el 12 de septiembre al “Foro para analizar y acordar acciones conjuntas sobre la Ley General de Pueblos Indígenas y Afromexicanos”.
La asociación “México Negro” promovió un amparo por la exclusión de entidades con población afromexicana como Zacatecas, Tamaulipas y Aguascalientes.
Raymundo García Pérez dice que “ojalá” que la presidenta rectifique y no presente esa iniciativa porque sería ilegítima e ilegal. “Que abra un espacio de diálogo porque si no, vamos a estar en un espacio de confrontación permanente”, añade.
Y en un pronunciamiento, el Colectivo Semillas de Resistencia Ñomtiuuncue advierte: “Una ley que pretende reconocer nuestros derechos no puede construirse vulnerando esos mismos derechos en el proceso de su elaboración y consulta”.
FUENTE/MEDIO: PROCESO.
AUTOR: GABRIELA HERNÁNDEZ.
ENLACE: https://www.proceso.com.mx/nacional/2026/10/5/la-nueva-ley-indigena-que-quiere-sheinbaum-detona-la-rebeldia-de-pueblos-originarios-y-afromexicanos-381148.html
AUTOR: GABRIELA HERNÁNDEZ.
ENLACE: https://www.proceso.com.mx/nacional/2026/10/5/la-nueva-ley-indigena-que-quiere-sheinbaum-detona-la-rebeldia-de-pueblos-originarios-y-afromexicanos-381148.html



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